La idea de la existencia de una única fuente de derecho es una de las ideas más cuestionadas en el siglo veintiuno. Debido a la globalización y a la búsqueda de fuentes más eficientes para resolver conflictos, actualmente el pluralismo jurídico es un fenómeno innegable que, en países como Guatemala, se manifiesta claramente a través del derecho indígena, entendido como el derecho de los pueblos maya, xinca y garífuna. La falta de presencia del Estado en las áreas rurales del país genera la necesidad de utilizar fuentes alternativas a la ley para resolver conflictos, por lo que estas comunidades continúan rigiéndose por sus propias costumbres, tradiciones y sistemas. Bajo esa perspectiva, parte del proyecto de reformas constitucionales planteadas recientemente pretende reconocer a nivel constitucional el derecho indígena, postura que ha generado opiniones adversas de quienes defienden un único sistema jurídico y de quienes reconocen la diversidad cultural en el país.
El concepto de que el derecho tiene un único origen sigue siendo predominante, por lo que considerar el pluralismo jurídico como un sistema competitivo de fuentes significa un reto y una realidad que se debe analizar. En el texto se aborda la posibilidad de que el derecho oficial y otras formas de derecho puedan coexistir en la medida que representa ser más beneficioso en términos de armonía social, evitando el separatismo y la búsqueda de la autodeterminación. Su reconocimiento podría fomentar la inclusión de otros valores, costumbres y sistemas que producirían decisiones más democráticas y legítimas, así como hacer parte a otras comunidades en la vida pública permitiéndoles incidir en las decisiones.
La inquietud generalizada, entre otras, sobre la aplicación del pluralismo jurídico es el empoderamiento de grupos indígenas para cometer actos contrarios a los derechos humanos. La creación de reglas de coordinación es necesaria para que se establezcan autoridades que ejerzan control constitucional y subordinen su jurisdicción especial al respeto de los derechos fundamentales reconocidos internacionalmente. A pesar de que no ha sido analizada abiertamente, la coexistencia del derecho indígena y el derecho estatal no es un fenómeno nuevo en Guatemala. La Constitución guatemalteca, otros cuerpos normativos, así como las Cortes han establecido la obligación de reconocer el pluralismo jurídico expresando el respeto a sus costumbres y sus formas de organización, de lo cual se puede comprender una visión más pluralista en la que coexistan dos sistemas jurídicos, el oficial y el indígena.
Dentro de los beneficios que se pueden destacar de reconocer la jurisdicción indígena se pueden mencionar: i) el registro real de la conflictividad en el país, que ayudaría a prevenir los delitos mediante políticas públicas; ii) la competencia natural de sistemas de la cual predominará el sistema más fuerte por ser más eficiente; iii) el reconocimiento de una obligación que el Estado no puede continuar desatendiendo por generar cada vez más conflicto; y iv) que los grupos indígenas puedan dialogar por vías democráticas y no por mecanismos violentos. Por lo anterior, es necesario empezar un diálogo para reconocer el pluralismo jurídico en Guatemala para luego normar lo relativo a conflicto de normas y competencias.